RETILAP C8 S820.3.4 – Rotulado e información obligatoria de productos

  • Categoría de la entrada:CAPÍTULO 08
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Los equipos y elementos objeto de este Reglamento, utilizados en las instalaciones de iluminación y alumbrado público, deben estar rotulados con la información establecida en los requisitos de producto del presente Reglamento. En el mismo sentido, la información sobre la cual el reglamento hace la exigencia que sea de público conocimiento, deberá ser demostrada y probada en el proceso de certificación.