RETILAP C8 S820.3.1 – Certificación de productos de uso directo y exclusivo del importador

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Se exige que los importadores presenten un certificado emitido por una entidad acreditada, que demuestre que el producto cumple con las normas técnicas y de seguridad establecidas en Colombia para el alumbrado público. Además, se especifica que los productos que se certifiquen deben cumplir con los requisitos de eficiencia energética establecidos en la normativa vigente. La sección también establece los requisitos para la presentación de la documentación necesaria para la certificación, así como para la evaluación del cumplimiento de las normas técnicas.