Los productos incluidos en el alcance del presente reglamento (tabla 110.2 a ) que no tengan definidos los requisitos en el presente reglamento, deberán cumplir los requisitos aplicables de una norma técnica de producto, internacional, de reconocimiento internacional o NTC y demostrarlo mediante certificado de producto, conforme al procedimiento de certificación establecido en el presente reglamento, no será exigible el cumplimiento de requisitos de compatibilidad electromagnética.
RETILAP C3 S395.1 – Requisitos de producto
- Categoría de la entrada:CAPÍTULO 03
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Etiquetas: características técnicas, eficiencia energética, etiquetado, normas, productos, SECCIÓN 395.1