Establece que los productos de iluminación deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma técnica colombiana correspondiente. En caso de que no exista una norma técnica específica, se deberán cumplir con los requisitos establecidos en las normas internacionales correspondientes.
En cuanto a la eficiencia energética de los productos de iluminación, se establece que aquellos que requieran conexión a la red eléctrica deben tener una eficiencia mínima de 50 lúmenes por vatio. Esta medida busca fomentar el uso de productos más eficientes y reducir el consumo de energía eléctrica.
La temperatura de color es otro factor importante que se establece en la sección 110.2. Los productos de iluminación que se utilicen para iluminación general, es decir, para iluminar espacios como oficinas, hogares, tiendas, etc., deben tener una temperatura de color que oscile entre los 2.700 y los 6.500 grados Kelvin. Esta medida busca garantizar una adecuada calidad de luz para la actividad a desarrollar en el espacio iluminado.
Los productos de iluminación que se utilicen para iluminación específica, es decir, para iluminar objetos, personas o lugares específicos, como obras de arte, museos, tiendas, etc., deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma técnica correspondiente.
Además de lo anterior, la sección 110.2 establece que los productos de iluminación deben ser seguros y no representar un riesgo para las personas o el medio ambiente. En este sentido, los productos de iluminación deben cumplir con los requisitos establecidos en las normas técnicas correspondientes en cuanto a la seguridad eléctrica, protección contra incendios y materiales peligrosos.
La sección 110.2 del documento RETILAP establece una serie de requisitos que deben cumplir los productos de iluminación para ser comercializados en Colombia. Estos requisitos buscan garantizar la eficiencia energética de los productos, la calidad de luz adecuada para el espacio a iluminar, la seguridad de las personas y el medio ambiente, entre otros aspectos relevantes.