Se considera instalación de iluminación nueva aquella que se construya con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público – RETILAP.
RETILAP C1 S110.1.1 – Instalaciones de iluminación nuevas
- Categoría de la entrada:CAPÍTULO 01
- Tiempo de lectura:1 minutos de lectura
Etiquetas: fecha de entrada en vigencia, instalación de iluminación, nueva, Reglamento Técnico, RETILAP, SECCIÓN 110.1.1