Resolución 90980 de noviembre 15 de 2013 artículo 5

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El artículo 5 modifica el numeral 310.2.2 del Anexo General de la Resolución 18 0540 de 2010. Las bombillas incandescentes halógenas tienen restricciones de uso. No se pueden utilizar en sistemas de iluminación general. En luminarias decorativas, su uso está permitido de forma transitoria hasta diciembre de 2013 con lámparas de potencias no mayores a 500W, y desde enero de 2014 hasta diciembre de 2015 con potencias no mayores a 100W. Solo se pueden utilizar en sistemas de iluminación de emergencia o seguridad en lugares públicos, áreas con alta concentración de personas y campos deportivos. Se pueden utilizar normas internacionales como la IEC 60357 o NTC para verificar los requisitos establecidos.