Estas modificaciones abarcan diferentes aspectos relacionados con los requisitos y normativas aplicables al diseño, funcionamiento y seguridad de sistemas de iluminación.
En primer lugar, se establece la necesidad de considerar varias alternativas de diseño en el sistema de iluminación, recomendando aquellas que presenten el menor valor presente neto a lo largo de la vida útil del proyecto, teniendo en cuenta los costos de energía y mantenimiento.
En cuanto a los requisitos específicos para lámparas, se menciona la necesidad de que el casquillo roscado de las lámparas de uso doméstico no se desprenda del bulbo al aplicar un momento de torsión igual o inferior a 3 N.m. Además, se establecen requisitos de eficacia lumínica para tubos fluorescentes, indicando valores mínimos de eficacia según su potencia y tipo. También se mencionan requisitos relacionados con la reproducción cromática y la temperatura de color para lámparas fluorescentes.
En relación con las lámparas de halogenuros metálicos, se establece una vida promedio mínima de 10,000 horas y una eficacia lumínica no menor a 72 Im/W. Se hacen excepciones para lámparas tipo miniatura de baja potencia y lámparas de alta potencia utilizadas en aplicaciones deportivas.
El documento también aborda las lámparas de inducción, destacando su larga vida útil y estableciendo requisitos de eficacia lumínica y conservación del flujo luminoso. Se recomienda su uso en lugares donde el reemplazo es difícil.
En cuanto a la marcación de luminarias, se establecen requisitos para la información que debe incluirse en las mismas, como marca de fábrica, potencia, tipo de fuente luminosa, entre otros.
En relación con la certificación de productos, se establecen disposiciones específicas para lámparas y luminarias decorativas, así como para fuentes lumínicas tipo LED. Durante un período de 36 meses, los fabricantes pueden demostrar la conformidad con el reglamento mediante una declaración del proveedor, siempre y cuando cumplan con los requisitos de seguridad establecidos.
El texto concluye mencionando que la autoridad competente puede solicitar evidencias de ensayos o pruebas que demuestren el cumplimiento de los parámetros establecidos, y que los productos deben estar debidamente rotulados con información relevante, como la marca del fabricante, la tensión de funcionamiento y la potencia máxima de la fuente utilizada.
En resumen, las modificaciones al RETILAP abarcan una variedad de aspectos, desde requisitos de diseño y eficacia lumínica hasta certificación y seguridad eléctrica, con el objetivo de garantizar un adecuado funcionamiento y cumplimiento de normas en sistemas de iluminación y alumbrado público.