Resolución 181568 de septiembre 1 de 2010

Considerando

El Ministerio de Minas y Energía emitió el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP) en 2009, el cual fue modificado en 2010. Tras analizar y evaluar el Reglamento, se ha identificado la necesidad de aclarar, modificar, añadir y eliminar algunos requisitos de productos. También se han observado dificultades para cumplir ciertos requisitos y obtener la certificación de los productos regulados, por lo que se requiere su modificación.

Se reconoce que los elementos de iluminación decorativa, como lámparas de pie, lámparas de mesa, lámparas de cabecera, lámparas decorativas, lámparas de pared o techo, guirnaldas e iluminación navideña, están asociados tanto a luminarias como a fuentes de luz. Estos productos tienen componentes eléctricos que implican riesgos relacionados con la electricidad. Además, los aspectos fotométricos de este tipo de luminarias y fuentes de luz no son determinantes ni se aplican comúnmente en diseños y procesos de iluminación.

Las tecnologías de fabricación de fuentes de luz han permitido aumentar la eficiencia a costa de reducir su tamaño y vida útil promedio.