RETILAP C5 S570.5.1 – Restricción del efecto de parpadeo o “flicker”

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Para el efecto de parpadeo o «flicker» en la iluminación de los túneles. El parpadeo puede ser perjudicial para la salud de las personas, causando fatiga visual, dolor de cabeza y otros síntomas. Para evitar esto, se debe cumplir con los siguientes criterios:

La frecuencia de parpadeo no debe ser mayor a 10 Hz.
La relación entre la frecuencia de parpadeo y la frecuencia de la línea de alimentación no debe ser mayor a 3:1.
El índice de profundidad de modulación (IPM) no debe ser mayor a 0,4 para luminarias de descarga y 0,2 para luminarias LED.
Estos criterios deben ser cumplidos para asegurar la calidad de la iluminación en los túneles y la protección de la salud de los usuarios.